Hoy se ha publicado en el Boletín Oficial de la Provincia la aprobación definitiva de la ORDENANZA REGULADORA DE LA CONCESIÓN DE AYUDAS POR NACIMIENTO O ADOPCIÓN, DESTINADAS A LAS FAMILIAS DEL MUNICIPIO DE FUENTE CARRETEROS. El Ayuntamiento concederá a partir de ahora ayudas económicas a aquellas familias que tengan, o adopten, un hijo o hija.

Las Ayudas por Nacimiento o Adopción se fundamentan  en el hecho de que  la natalidad es un beneficio para todos, puesto que aumenta el número de habitantes de Fuente Carreteros. Por eso consideramos que se debe ayudar a las familias a soportar las indudables cargas que se ocasionan sobre todo en los primeros meses de vida de un niño/a.

El importe de la asignación económica establecida como cuantía de la ayuda a conceder a cada uno de los beneficiarios será de 500 euros. En caso de parto múltiple, la asignación económica antes mencionada se multiplicará por el número de hijos/as nacidos.

Será requisito necesario que la persona solicitante (padre o madre) haya permanecido empadronada en el municipio de Fuente Carreteros durante al menos los dieciocho meses inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. Así mismo, tanto la persona solicitante como el nuevo hijo o hija deben permanecer empadronados al menos un año después de la solicitud.

Estos requisitos se establecen para evitar la picaresca de que personas que no sean vecinos de Fuente Carreteros intenten empadronarse durante un corto periodo de tiempo para recibir la ayuda.

Las solicitudes deben presentarse en el plazo de 60 días naturales, contados a partir del día siguiente al que tenga lugar el nacimiento o la notificación de adopción.

El texto completo de la Ordenanza y el modelo de solicitud pueden consultarse en el BOP de 18 de febrero de 2.021 y en la página web del Ayuntamiento (apartado de Ordenanzas).